¿Cuáles son las actividades que permanecerán restringidas en zonas de alerta extrema hasta el 14 de marzo?
El Gobierno flexibilizó las medidas de restricción para un grupo de actividades comerciales, sin embargo no todas podrán funcionar tras el fin de la cuarentena focalizada.
El Poder Ejecutivo anunció que desde 01 al 14 de marzo se cambiarán las restricciones establecidas para las actividades comerciales.
Se ha determinado un aforo mínimo para gran parte de las actividades de las últimas fases de reactivación económica en las regiones con riesgo extremo por la COVID-19.
Pero, no todas las actividades indicadas en la última fase de reactivación económica estarán permitidas.
Por el momento no podrán funcionar los casinos, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados
En ese grupo, se ha indicado que las presentaciones de artes escénicas en espacios abiertos sí están permitidas en un 20%, pero igualmente se mantienen prohibidos eventos masivos y fiestas costumbristas.
Durante el periodo indicado tampoco podrán abrir las iglesias, templos y lugares de culto, ni las actividades de clubes o asociaciones deportivas.
El ingreso a las playas y las reuniones sociales también son actividades que seguirán restringidas hasta mediados de marzo.
Zonas de alerta extrema
Cabe precisar que las zonas identificadas como parte del nivel de alerta extremo son:
Áncash (Huaraz)
Ayacucho (Huamanga)
Cusco (Canchis)
Huancavelica (Huancavelica y Tayacaja)
Huánuco,
Ica y Chincha
Junín (Huancayo, Tarma, Chanchamayo, Satipo y Chupaca)
Lima (Lima Metropolitana, Callao, Huaura, Barranca, Huarochirí y Huaral)
Loreto (Maynas)
Moquegua (Ilo)
Pasco (Oxapampa)
Puno
Tacna.
FUENTE: ANDINA